En noviembre entra en vigencia el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa.
Desde el primero de este mes los salarios brutos hasta $ 330.000 no pagarán el tributo en función del incremento de la deducción especial. En cambio, los que se ubiquen en la franja entre ese importe y los $ 431.988 abonarán una alícuota menor.
Ahora, la AFIP reglamentó su implementación y explicó qué pasará con el aguinaldo que se cobra en diciembre.
Impuesto a las Ganancias: qué pasará con el aguinaldo
En tanto, Sebastián Domínguez de SDC Asesores Tributarios, advirtió que, con la reglamentación que se puso en marcha mediante un Resolución General publicada en el Boletín Oficial, algunos aguinaldos van a quedar alcanzados, aunque la Ley del impuesto dice lo contrario.
Señala que "los empleadores, al momento de efectuar el análisis para determinar si retienen o no el Impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo, deberán analizar las características de cada cuota del 2022 en forma independiente:
Primera cuota: Si el monto de la remuneración y/o haber bruto promedio mensual del primer semestre no supera la suma de $ 280.792, el Sueldo Anual Complementario (SAC) estará exento hasta la mitad de ese valor, es decir, $ 140.396.
Segunda cuota: Si el monto de la remuneración y/o haber bruto promedio mensual del segundo semestre no supera la suma de $330.000, el SAC estará exento hasta la mitad de ese valor, es decir, $ 165.000".
Si una persona en el segundo semestre llega a percibir alguna suma extraordinaria, producto de alguna tarea especial o un acuerdo paritario, que implique subir el promedio de remuneración mensual por encima del piso, tendrá que pagar el impuesto por la diferencia.